Calendario 2009

Son días de Fiesta Nacional los siguientes:

Son días de Duelo Nacional los siguientes:

Conforme a lo establecido en la Ley N°70 de 28 de diciembre de 2007, el día de fiesta o duelo nacional transferido a un día lunes (para el año 2009, el día Lunes 12 de enero, se laborará regularmente y remunerará como jornada ordinaria de trabajo. El trabajo en el día lunes habilitado como día de descanso obligatorio se remunerará, según las normas del Código de Trabajo, como trabajo en día de fiesta o duelo nacional.

El Órgano Ejecutivo podrá decretar como dÍas puente, los demás días de fiesta o duelo nacional que no se han establecido por ley como día puente.